La edad punible en México

La edad punible en México
Una breve introducción:
Para iniciar, tenemos que aclarar el significado del término punibilidad:
“Podemos definir la punibilidad como la amenaza de una sanción de una sanción que el Estado impone cuando se ha cometido un delito.”
Podemos inferir que la punibilidad vendría siendo la primera consecuencia jurídica a un delito, al que se le puede imponer una sanción por habérsele cometido, cabe aclarar que la punibilidad es una posibilidad y sólo debe darse únicamente cuando se ha cometido un delito.
La edad punible en México
En México, son los 18 años la edad en que una persona puede ser juzgada y castigada por los delitos cometidos, ya que es la edad que se considera que ya se tiene la suficiente capacidad y madurez mental para poder discernir entre lo bueno y lo malo, por lo tanto ya es responsable de sus actos.
Esto podría ser una verdad a medias; resulta prácticamente imposible el creer que un joven de 16 años no sea castigado con mano dura por un delito cometido, tomando en cuenta que a los 16 años ya se han tenido las suficientes experiencias para poder saber que es bueno, que es malo, que está permitido y que está prohibido.
El tratar de decidir cual es la edad mínima punible es una tarea bastante difícil y nada simple. Para decidir la edad mínima en que una persona puede ser castigada por sus actos como un adulto es una tarea tan abismal, ya que se tiene que investigar desde el punto de vista de la sociología, la economía, la educación, la psicología, etc. Desde el lado Sociológico, no podemos asegurar que se le debe imponer la misma sanción a un joven de 16 años que roba porque prefiere robar que trabajar para poder comprarse gustos, que a un joven de 16 años que roba porqué es obligado por mayores o es incitado a cometer los delitos a razón de mentiras y engaños.
Resulta impensable además, el tratar de imponer las mismas sanciones a jóvenes que han crecido en distintos lugares y sobre todo, rodeados de diferentes personas y tradiciones.
En México y en varios países del mundo la edad punible ha sido de 18 años desde hace ya varias generaciones. Podemos decir que esta norma es anacrónica, hace décadas las personas no tenían tanto contacto con la información, había más tradiciones y hasta podemos asegurar que existía una mayor unión social; ahora hay un exceso de información, los avances de la tecnología están a la orden del día, pero lamentablemente a todo esto se le ha dado un mal uso, nos podemos encontrar con anuncios televisivos, revistas, cualquier tipo de publicidad y sobre todo videojuegos, los cuales están inundados de violencia y agresividad.
Es una pena que los delincuentes adultos, tales como narcotraficantes usen a los adolescentes para poder llevar a cabo sus delitos. Es muy fácil que un narcotraficante pague a un joven de 15 años una pequeña cantidad de dinero para que este haga entrega de drogas o armas. Como el menor (podemos decir) no tiene una idea de todas las consecuencias que esto podría causar, o simplemente se cree inmune por la minoría de edad, el menor se presta a realizar este tipo de coacciones. El problema principal de esto es que cuando estos menores son consignados por los delitos que cometen, quienes les fincaron responsabilidades y/o los incitaron a cometer el delito no les importa para nada los jóvenes, al fin y al cabo son simples niños y jóvenes que no importan a nadie, son usados y lo que suceda con ellos pues poco les importa.
La punibilidad en México es un asunto que se debe de reformar, investigar y sobre todo mejorar, adaptándolo a nuestro presente. Es necesario tener en nuestros códigos penales la posibilidad de sancionar severamente a quien lo merezca y recaería en el poder judicial la obligación de analizar todas las condiciones (Socioeconómicas, psicológicas, culturales, etc.) que llevaron al menor a infringir la ley y aplicar la pena adecuada.
En mi opinión lo mejor sería dejar un margen de “flexibilidad” que sea de los 16 a los 18 años, en el que cada delito cometido por un menor de 16 hasta los 17 años sea revisado en particular por Sociólogos y Psicólogos. Y si el sociólogo y el psicólogo llegan a la conclusión de que un menor de 16 años ya tenía la suficiente madurez mental para estar conciente del delito que cometió, pues sea juzgado severamente como lo indica la ley.
Si se llega a la conclusión de que un menor de 16 años cometió el delito victima de una extorsión o no tenía la suficiente madurez mental cuando cometió el delito, el estado tendría que velar por su bien e intentar reformarlo haciéndolo ingresar a verdaderos centros de readaptación, donde hagan labores sociales, estudien y sobre todo reciban mucha ayuda psicológica.
No es una tarea sencilla, pero se puede lograr. “El problema no es de leyes, el problema es de actitud.” (Frase del Maestro Marco Antonio Cuevas contreras)
Bibliografía:
Introducción al Derecho Penal. López Betancourt, Eduardo. Editorial Porrua.
Sitio Web visitado:
Foros de la presidencia de la república. Lista de mensajes. Tema: “Contra la reducción de la edad penal”
Dirección: http://foros.fox.presidencia.gob.mx/read.php?3,39022
Al igual que varios compañeros, subo mi ensayo sobre “La edad punible en México” que hice para la materia de Historia de Derecho Universal Y Mexicano.
Aclaro que el Derecho Penal no es de mi total agrado y este ensayo puede contener errores de investigación y/o de redacción, si es así, pido al lector una disculpa.
Adjunto el archivo *.doc
La edad punible mexico
¿Que más he escrito ?
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es un buen trabajo y un buen tema